Thursday, January 24, 2013

Régimen de facto


Según el articulo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la presencia de Chávez en Venezuela para la toma de posesión  el 10 de enero del 2013 era obligatoria y no podía ser postergada.  Dicho articulo dice que Diosdado Cabello ha debido asumir la presidencia y convocar a elecciones en un periodo de 30 días, pero como siempre, hicieron lo que les dio su gana.
El oficialismo es tan descarado y corrupto que interpretan las leyes a su antojo y conveniencia.
Ningún venezolano, tenga el cargo que sea puede estar por encima de la Constitución,  todos estamos obligados a acatarla sin excepción alguna.  
La decisión del TSJ ( al servicio del dictador ) el 9 de enero del 2013 de dejar al corrupto de Nicolás Maduro encargado del país es totalmente ilegal.
Los chavistas están violando la Constitución descaradamente, lo que demuestra ante el mundo que el gobierno venezolano es golpista, forajido y comunista.
Venezuela esta siendo gobernada actualmente desde Cuba por la peor escoria y delincuentes, Chávez, los Castro y el G2 cubano.

Señores, estamos ante un golpe de estado y hay que hacerlo saber ante el mundo!!

Estamos obligados a aplicar el articulo 350 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, si no lo hacemos  somos cómplices de estos delincuentes.


BASTA YA!





1 comment:

  1. Disculpa es el 231, el 233 habla sobre la calificación de falta absoluta. Aprovecho para agradecer tus comentarios y si puedes lee el Art 14. quisiera conocer tu opinión. Gracias

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